Informe de Evaluación de Edificios (IEE)
Somos especialistas en la elaboración de Informes de Evaluación de Edificios (IEE).
El Informe de Evaluación del Edificio (IEE) te ayudará a conocer el estado real de tu vivienda y establecer mejoras en términos de sostenibilidad.
Los propietarios de Construcciones y Edificios con más de 50 años de antigüedad están obligados, según el Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo Urbano y Rehabilitación, a acreditar, mediante Informe Técnico, con carácter periódico, el estado de conservación de su inmueble, el grado de Eficiencia Energética y el cumplimiento de la normativa correspondiente a la accesibilidad universal.
Asimismo, quedan obligados los propietarios de cualquier edificio, con independencia de su antigüedad, que deseen solicitar ayudas públicas para la realización de obras de conservación, accesibilidad universal o eficiencia energética. Pide Presupuesto Sin Compromiso.
Hacemos que sea fácil.
En AA Arquitectos & Abogados facilitamos el proceso desde el primer momento hasta la presentación del Informe.
Sólo necesitamos conocer la Referencia Catastral de la propiedad, que puedes encontrar en un recibo de IBI (Impuesto de Bienes Inmuebles).
Haz clic aquí o enviádonosla a través de whatsapp al teléfono 696 368 886, adjuntando el nombre, apellidos y DNI del propietario del inmueble. Nosotros nos pondremos en contacto contigo a la mayor brevedad posible para concretar la visita.
Si prefieres hablar directamente con nuestros técnicos, llámanos al 696 368 886, estaremos encantados en resolver cualquier cuestión.
También puede enviarnos un mail a info@aaarquitectosyabogados.com
Preguntas Frecuentes:
¿En qué consta el Informe de Evaluación de Edificios (IEE)?
En el caso de las viviendas unifamiliares, se trata de una Inspección Técnica del Edificio. Si es deficiente, le acompañará un informe completo con los desperfectos, las causas que los han producido, la medición de los mismos y la valoración de cada uno de ellos.
En el caso de edificios con más de una vivienda se realiza, además de la Inspección Técnica del Edificio, un Informe de Accesibilidad y un Certificado Energético de la edificación.
¿Qué pasa durante La Visita?
El técnico visita el inmueble y toma los datos requeridos por la Ordenanza Municipal de Conservación, Estado de Ruina e Informe de Evaluación de Edificios, según el Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana.
¿Cuáles son las zonas a las que necesita tener acceso el Técnico?
El técnico debe poder tener acceso a todas las zonas de la edificación, siendo su decisión dónde entrar.
¿A los locales comerciales también se les realiza la Inspección?
Sí, a todos los locales del edificio, por lo que también se necesita autorización para su acceso.
¿Necesitamos tener establecida una Comunidad en mi edificio para pasar el Informe de Evaluación?
No es obligatorio para realizar el Informe de Evaluación.
¿Qué pasa si mi edificio tiene ya una Inspección Técnica realizada?
Si el edificio tiene vigente la Inspección, el técnico la podrá utilizar como base para el Informe de Evaluación.
¿Sirve la Calificación Energética del Edificio Completo para la compra/venta o alquiler de una vivienda?
No, es necesario un Certificado independiente para cada vivienda o local.
Cuenta con nosotros para la realización del Informe de Evaluación de Edificios, te ofrecemos un servicio completo a los mejores precios. Pide presupuesto sin compromiso.
Para más Información sobre el carácter obligatorio del Informe de Evaluación de Edificios (IEE) en Fuengirola, puedes consultar el siguiente enlace.
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